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unidad:DIVISION JURIDICA
 
institución:CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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PAGE 3 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No.10546 13 de octubre, 2009 DJ-1580 Doctora Amalia Carvajal Alvarado Directora Regional Dirección Regional de Servicios de Salud Central Norte Caja Costarricense de Seguro Social Fax: 2436 1072 Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y Constenla, S. A., para el suministro de atún y sardinas, bajo la modalidad de entrega según demanda (Licitación Pública 2009LN-000003-2299). Damos respuesta a oficio DRSSCN-3289-2009, recibido el 4 de setiembre de 2009, mediante el cual nos remiten para refrendo el contrato suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y Constenla, S. A., para el suministro de atún y sardinas, bajo la modalidad de entrega según demanda (Licitación Pública 2009LN-000003-2299). Una vez efectuado el análisis correspondiente, se devuelve el documento de cita con el respectivo refrendo, aprobación que se condiciona al cumplimiento de los siguientes aspectos: 1. Con respecto a la Cláusula Primera, en la que se indica que la contratación es bajo la modalidad de entrega según demanda, es importante que esa Administración tenga claro que por su propia naturaleza estos contratos están sujetos a la revisión periódica de precios. Sobre el tema hemos indicado con anterioridad que: “En cuanto a la evaluación periódica de precios. En los contratos bajo la modalidad según entrega demanda —Artículos 153 y 154 del Reglamento de Contratación Administrativa— su trascendencia para la Administración radica en la satisfacción oportuna, económica y de calidad de los bienes pactados, donde la perspectiva es que se logre considerar el menor costo y la mayor calidad de los bienes que ofrece el mercado. La referencia del artículo 154 del RCA a un estudio de mercado busca ofrecer una garantía de carácter excepcional —pues es muy difícil, aunque no imposible, que los precios disminuyan— a favor de la Administración a ...
Fecha publicación: 16/10/2009
Fecha emisión: 13/10/2009
Documento: 10546-2009.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 10529 13 de octubre, 2009 DJ-1576 Licenciada Helen Godfrey Leal Jefe Subárea Gestión Administrativa y Logística Caja Costarricense del Seguro Social Estimada señora: Asunto: Se devuelven sin refrendo, por las razones que se explican en este oficio, los contratos N° 2009-000005-DAP y 2008-000009-DAP para la contratación del equipamiento médico del Hospital Tomás Casas Osa, suscrito entre la Caja Costarricense del Seguro Social y las empresas Electrónica Industrial y Médica S.A., y la compañía Tri DM S.A., referente a la licitación pública 2007LN-000006-4403. Nos referimos a oficios DAP-SAGAL-631-09, DAP-SAGAL-735-09, y DAP-SAGAL-768-09, mediante los cuales remite para el otorgamiento de refrendo los Contratos de Equipamiento Médico Hospital Tomás Casas Osa”, suscritos con las empresas Electrónica Industrial y Médica S.A., y la firma Tri D. M. S. A.. Una vez rrealizado el estudio de rigor, se devuelven sin refrendo los citados contratos, por las razones que de seguido se exponen: 1. Respecto al contrato suscrito con la empresa TRI DM S.A.: Con vista en el expediente de contratación sometido a nuestro conocimiento, en particular la oferta de la empresa TRID DM S.A.,  el acto de adjudicación, así como la cláusula segunda del contrato N° 2008-000009-DAP, el monto total de esta contratación al tipo de cambio de la fecha de suscripción del contrato asciende a la suma de ¢134.239.862.40 (ciento treinta y cuatro millones doscientos treinta y nueve mil ochocientos sesenta y dos colones con cuarenta céntimos).             Por otra parte, la Resolución R-CO-10-2009 del veintisiete de enero del dos mil nueve, publicada en La Gaceta N° 23 del 3 de febrero del 2009, establece que la Caja Costarricense del Seguro Social tiene un presupuesto promedio de ¢266.672,1 millones del período 2007-2009, para la adquisición de bienes y servicios no personales, ubicándose en el estrato A, por lo que requieren el r ...
Fecha publicación: 16/10/2009
Fecha emisión: 13/10/2009
Documento: 10529-2009.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 10544 13 de octubre, 2009 DJ-1578 Licenciada Vilma Arias Marchena Jefe Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios Sub Área de Contratos Caja Costarricense de Seguro Social Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin trámite, por no requerirla, la solicitud de refrendo a la adenda del contrato N° C-0438-2006 suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y la empresa PBS Proveedores de Bienes y Servicios S.A. para los servicios en Registros Médicos y Despacho de Medicamentos para el Área de Salud de Siquirres, derivada de la Licitación por Registro N° 2005-023, por un monto de ¢17.634.974,16. Nos referimos a su oficio N° SA-ADJ-C-807-2009 del 10 de setiembre del año en curso, mediante el cual remite, para trámite de refrendo, una adenda al contrato original N° C-0438-2006 suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y la empresa PBS Proveedores de Bienes y Servicios S.A. para los servicios en Registros Médicos y Despacho de Medicamentos para el Área de Salud de Siquirres, derivada de la Licitación por Registro N° 2005-023, por un monto de ¢17.634.974,16. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de marras sin su correspondiente refrendo, por cuanto el contrato original fue por un monto total de ¢45.600.000,00, con un plazo de un año prorrogable hasta por cuatro períodos más de un año cada uno, para un total de cinco años. Dicho monto en relación con los límites económicos actuales (Resolución R-CO-10-2009 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, La Gaceta N° 23 del 3 de febrero de 2009) y el estrato al que corresponde esa Administración (estrato A) cuyo monto mínimo para la Licitación Pública es de ¢353.000.000,00, es inferior a dicho mínimo establecido por lo que no está sujeto al refrendo contralor según artículo 3, inciso 1) del Reglamento Sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, indistintamente que el contrato original haya sido ...
Fecha publicación: 16/10/2009
Fecha emisión: 13/10/2009
Documento: 10544-2009.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 08699 20 de agosto, 2009 DJ-0754 Doctor Armando Villalobos Castañeda Director Regional Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur Caja Costarricense de Seguro Social Fax 2222 6676 Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y Ana Maritza Cerdas Ramírez, para la contratación de servicio de lavado de ropa por terceros para el Área de Salud de Aserrí, bajo la modalidad de entrega según demanda (Licitación Pública 2008LN-00003-2399). Damos respuesta a oficio DRSSCS-ADM-0746-09, recibido el 20 de julio de 2009, ampliado por oficio DRSSCS-ADM-839-09, recibido el 7 de agosto pasado, mediante el cual nos remiten para el respectivo refrendo el contrato referido. Del análisis del expediente administrativo, interesa destacar lo siguiente: Antecedentes · Que por oficio 20462 de 21 de mayo de 2009, la Gerencia Médica solicitó algunas aclaraciones de la documentación contenida en el expediente administrativo del referido concurso y al efecto, por oficio DRSSCS-ADM-0598-09 de 2 de julio de 2009, suscrito por la Dra. Hilda Oreamuno Ramos de la Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur, dirigido a la Dra. Rosa Climent Martín, en lo que interesa, indicó: “2. No queda clara la condición en que se presenta la oferta adjudicada, toda vez que a folio 055 rola manifestación de la señora Ana Maritza Cerdas Ramírez quien afirma ser la representante legal de la Lavandería Miramar (sic). Dicha situación deberá aclararse toda vez que el acto de adjudicación favorece a la persona física (folio 117). R/ Si bien en la oferta la señora Cerdas Ramírez manifiesta ser la representante legal de La Lavandería Marimar, realmente está utilizando un nombre de fantasía. Al respecto, cabe advertir que del expediente se desprende que dicha lavandería no está constituida como una sociedad anónima ni tampoco como otro tipo de per ...
Fecha publicación: 25/08/2009
Fecha emisión: 20/08/2009
Documento: 08699-2009.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 08585 18 de agosto del 2009 DJ-0723 Doctor Armando Villalobos Castañeda Director Regional Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur Caja Costarricense de Seguro Social Estimado señor: Asunto: Se aprueba el contrato y adenda suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y Maickol, cc Michael, Rodríguez Rodríguez. para la contratación de servicios profesionales farmacéuticos y despacho de recetas de medicamentos para el Área de Salud Goicoechea 1 correspondiente a la Licitación Pública 2008LN-000001-2399. Damos respuesta al oficio DRSSCS-ADM-0670-09 de 26 de junio de 2009 mediante el cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y Maickol, cc Michael, Rodríguez Rodríguez para la contratación de servicios profesionales farmacéuticos y despacho de recetas de medicamentos para el Área de Salud Goicoechea 1 correspondiente a la Licitación Pública 2008LN-000001-2399. Este oficio fue complementado con el DRSSCS-ADM-0778-09 de 21 de julio del 2009 al que se adjunta una primera adenda al contrato y posteriormente con el DRSSCS-ADM-0838-09 de 7 de agosto del 2009 en el cual se sustituye esta primera adenda. Una vez efectuado el análisis correspondiente, se devuelve el documento de cita con el respectivo refrendo el cual se otorga con vista en la certificación que acredita la existencia de contenido presupuestario para respaldar la contratación, emitida por el Doctor Gonzalo Zúñiga Mendoza, Director Médico del Área de Salud Goicoechea 1. La razonabilidad del precio así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones técnicas queda a entera responsabilidad de esa Administración de conformidad con lo señalado en los estudios de Razonabilidad de Precios suscrito por la Licda. Azyhadee Picado Vidaurre y Estudio de Análisis de las Condiciones Técnicas suscrito por los Doctores Paula Salazar Alfaro, Jefe de Farmacia del Área de Sa ...
Fecha publicación: 21/08/2009
Fecha emisión: 18/08/2009
Documento: 08585-2009.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07674 21 de julio, 2009 DJ-0320 Ingeniera Laura Morales Ureña Subgerente de Tecnologías de Información y Comunicaciones CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, el contrato 004-2009 derivado de la contratación directa 2009CD-000002-1150, suscrito entre la Caja Costarricense del Seguro Social e Ideas Gloris S.A., procedimiento de contratación autorizado por la Contraloría General de la República, mediante oficio 09273-2008. Nos referimos a su oficio TI-0783-2009, mediante el cual solicita el refrendo al contrato 2009CD-000002-1150, suscrito entre la C.C.S.S e Ideas Gloris S.A., cuyo objeto es el servicio de hospedaje para albergar el centro de cómputo principal (CCP) de la C.C.S.S. Realizado el análisis respectivo, se informa que este contrato se devuelve sin el refrendo de este órgano contralor, por no requerirlo así. Lo anterior, con fundamento en lo siguiente: · En La Gaceta 202 del 22 de octubre de 2007, se publicó la R-CO-44-2007 emitida por la Contralora General, la cual corresponde a la emisión del “REGLAMENTO SOBRE EL REFRENDO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”, señalándose que él mismo regía a partir del partir del 1 de enero de 2008. · El contrato sometido a conocimiento de este órgano contralor, se deriva de la autorización concedida por esta Contraloría General vía oficio 09273-2008 del 08 de setiembre de 2008, mediante el cual de forma expresa se autorizó a esa Administración a “contratar de forma directa con la empresa IDEAS GLORIS S.A., el arrendamiento de instalaciones para los servicios de hospedaje para la instalación, administración y operación de la plataforma tecnológica de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el Datacenter propiedad de dicha empresa”. · En el oficio 09273-2008 se establecieron las condiciones bajo las cuales se extendía dicha autorización, sin que se haya indicado que el r ...
Fecha publicación: 24/07/2009
Fecha emisión: 21/07/2009
Documento: 07674-2009.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07657 20 de julio, 2009 DJ-0314 Doctora Yalile Muñoz Chacón Directora Regional a.i. Dirección Regional de Servicios de Salud Central Norte Estimada señora: Asunto: Se refrenda el contrato 2009-000006 suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y el Consorcio Infra-Productos del Aire, suministro de gases medicinales para el Hospital Doctor Carlos Luis Valverde Vega, por un monto de ¢52.905.486.13. (Licitación Pública 2008LN-000005-2299, modalidad entrega según demanda). Me refiero a su oficio D.R.S.S.C.N.-2742-2009 del 16 de julio del presente año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato 2009-000006 suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y el Consorcio Infra-Productos del Aire, suministro de gases medicinales para el Hospital Doctor Carlos Luis Valverde Vega, por un monto de ¢52.905.486.13. (Licitación Pública 2008LN-000005-2299, modalidad entrega según demanda). Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al referido contrato, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente: 1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por el doctor Jorge Eduardo Chacón Madrigal, Director General. (ver folio 624 del expediente administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de estas contrataciones. 2) Verificar de previo y durante la ejecución contractual que el contratista se encuentre al día con las obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social (ver folio 551 del expediente administrativo), así como que la garantía de cumplimiento se encuentre vigente por todo el plazo señalado en el cartel. (ver folios 571 y 623 del expediente administrativo). 3) De con ...
Fecha publicación: 23/07/2009
Fecha emisión: 20/07/2009
Documento: 07657-2009.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS